Torneo Integración “Cuatro Ciudades ” – Divisiones Superiores
30/08/2015 – 1º Fecha
Resolución Nº 189 Aplicación Art. 220
Este
Honorable Tribunal de Penas, en uso de sus facultades informa a los
clubes participantes en el Torneo Integración “Cuatro Ciudades” de
Divisiones Superiores 2015 que será de aplicación durante el presente el
Art. 220 del Reglamento de Transgresiones y Penas del Consejo Federal
del Fútbol.
Resolución Nº 190 Club A. Ing. Jorge NEWBERY
Amonestar
a los jugadores:
ARAYA, Ramiro – HERNANDEZ, Ezequiel – STEIMBACH,
Esteban
– GEREZ, Ignacio – GONZALEZ, Agustin – STEIMBACH, Alan por el Art. 240 –
Amonestación, el cual se transcribe: La amonestación en todos los casos
en que sea impuesta a un jugador o cualquier otra persona, tiene
carácter preventivo y no origina reincidencia, salvo la impuesta por
árbitro oficial a jugador, la que se tendrá en cuenta a los efectos de
la sanción establecida en el art. 208 de este Reglamento.
Resolución Nº 191 Club DIVISORIO
Amonestar
a los jugadores:
BARRIOS, Mariano – FERMANELLI, Marcos – ROMERO,
Gianfranco – ACOSTA, Héctor – ACOSTA, Braian – FERRARINI, Diego Ignacio – ACOSTA,
Lucas
por el Art. 240 – Amonestación, el cual se transcribe: La amonestación
en todos los casos en que sea impuesta a un jugador o cualquier otra
persona, tiene carácter preventivo y no origina reincidencia, salvo la
impuesta por árbitro oficial a jugador, la que se tendrá en cuenta a
los efectos de la sanción establecida en el art. 208 de este Reglamento.
Suspender al jugador:
VIVAS, Esteban por
un (1) partido aplicando el Art. 186, el cual se transcribe: Suspensión
de uno a cuatro partidos, que proteste los fallos del árbitro o se
dirija en términos descomedidos o con ademán airado hacia la persona del
árbitro, siempre que sean de menor gravedad que los previstos en el
art. 185.
Resolución Nº 192 Club DEPORTIVO BARRACAS
Amonestar
a los jugadores:
LORCA, Juan – ENRIQUEZ, Diego – RENTERIA, Jonatan –
ENRIQUEZ,
Nazareno – MARCONI, Agustín – PEÑA, Leonardo – KOPPEL, Santiago –
RODRIGUEZ, Leonardo – SALAZAR, Gastón por el Art. 240 – Amonestación, el
cual se transcribe: La amonestación en todos los casos en que sea
impuesta a un jugador o cualquier otra persona, tiene carácter
preventivo y no origina reincidencia, salvo la impuesta por árbitro
oficial a jugador, la que se tendrá en cuenta a los efectos de la
sanción establecida en el art. 208 de este Reglamento.
Resolución Nº 193 Club A. JORGE NEWBERY
Amonestar
a los jugadores:
HATRICK, Agustin –
BRUSEGHINI, Tomas – GUTIERREZ, Lucas – CATALDO, Eric – CORREA, Mario por
el Art. 240 – Amonestación, el cual se transcribe: La amonestación en
todos los casos en que sea impuesta a un jugador o cualquier otra
persona, tiene carácter preventivo y no origina reincidencia, salvo la
impuesta por árbitro oficial a jugador, la que se tendrá en cuenta a
los efectos de la sanción establecida en el art. 208 de este Reglamento.
Resolución Nº 194 Club S. y D. JUVENTUD
Amonestar a los
jugadores:
LOPEZ, Maximiliano – Arrouy,
Luis – NUÑEZ, Maximiliano – ALMADA, Fernando – SUAREZ, Ignacio – PADIN,
Juvenal – BALMA, Lautaro por el Art.
240 – Amonestación, el cual
se transcribe: La amonestación en todos los casos en que sea impuesta a
un jugador o cualquier otra persona, tiene carácter preventivo y no
origina reincidencia, salvo la impuesta por árbitro oficial a jugador,
la que se tendrá en cuenta a los efectos de la sanción establecida en
el art. 208 de este Reglamento.
Suspender al jugador:
CORREA Waldemar por un (1) partido aplicando el Art. 207, el
cual se transcribe: Suspensión de uno a cuatro partidos, al jugador que
en un mismo encuentro el árbitro le imponga dos amonestaciones con la
consecuente expulsión.
Resolución Nº 195 Club INDEPENDIENTE
Amonestar
a los jugadores:
PELLEGRINO, Federico – SIMON, Julian – AGUIRRE, Marcelo
– CASTILLO, Esteban – AGUIRRE, Franco – CARRASCO, Emanuel por el Art. 240 –
Amonestación,
el cual se transcribe: La amonestación en todos los casos en que sea
impuesta a un jugador o cualquier otra persona, tiene carácter
preventivo y no origina reincidencia, salvo la impuesta por árbitro
oficial a jugador, la que se tendrá en cuenta a los efectos de la
sanción establecida en el art. 208 de este Reglamento.
Suspender
al jugador:
CICOCCIOPO, Julian por un (1)
partido aplicando el Art. 207, el cual se transcribe: Suspensión de uno a
cuatro partidos, al jugador que en un mismo encuentro el árbitro le
imponga dos amonestaciones con la consecuente expulsión.
Suspender a Integrante del Cuerpo técnico:
ANTONINI, Victor por dos (2) partidos aplicando el Art. 186 y Art. 260,
los cuales se transcriben: Suspensión de uno a cuatro partidos al
jugador que proteste los fallos del árbitro o se dirija en términos
descomedidos o con ademán airado hacia la persona del árbitro, siempre
que sean de menor gravedad que los previstos en el art. 185. Art. 260:
El miembro del personal técnico (médico, director técnico, ayudante del
director técnico, ayudante de campo, preparador físico, agente de enlace
entre la Comisión Directiva y el director técnico, entrenador, utilero,
masajista, kinesiólogo, encargado de botiquín, auxiliar, delegado o
encargado de equipo de divisiones inferiores, empleado y toda otra
persona que ejerza o desempeñe cualquier función o actividad en el club
al cual pertenece, relacionada con las tareas mencionadas
precedentemente) que incurra en cualquiera de las infracciones previstas
en los artículos 154 al 216, 218 al 221, 230 al 233, 236 y 283 al 287
de este Reglamento, será reprimida con la pena prescripta en la
correspondiente norma reglamentaria infringida en lo que fuera
pertinente. Las multas que el Tribunal de Penas aplique a los directores
técnicos en ejercicio de sus funciones sufrirán un recargo adicional
del 10% sobre el monto fijado, cuyo importe ingresará a los fondos
generales de la Liga.
Resolución Nº 196 Club A. LILAN
Amonestar
a los jugadores:
LARSEN, Federico – BIURRARENA,
Pedro – CELIS, Lautaro por el Art. 240 – Amonestación, el cual se
transcribe: La amonestación en todos los casos en que sea impuesta a un
jugador o cualquier otra persona, tiene carácter preventivo y no
origina reincidencia, salvo la impuesta por árbitro oficial a jugador,
la que se tendrá en cuenta a los efectos de la sanción establecida en
el art. 208 de este Reglamento.
Resolución Nº 197 Club ATLETICO VENTANA
Amonestar
a los jugadores:
BRUEGNO, Facundo – MARTINEZ, Ricardo (2) – ROSAS,
Juan – GONZALEZ, Matías – REYES, Gonzalo – ESPINA, Carlos por el Art. 240 –
Amonestación,
el cual se transcribe: La amonestación en todos los casos en que sea
impuesta a un jugador o cualquier otra persona, tiene carácter
preventivo y no origina reincidencia, salvo la impuesta por árbitro
oficial a jugador, la que se tendrá en cuenta a los efectos de la
sanción establecida en el art. 208 de este Reglamento.
Resolución Nº 198 Club DE PELOTA
Amonestar
a los jugadores:
PEREZ, Manuel – RUEDA,
Franco por el Art. 240 – Amonestación, el cual se transcribe: La
amonestación en todos los casos en que sea impuesta a un jugador o
cualquier otra persona, tiene carácter preventivo y no origina
reincidencia, salvo la impuesta por árbitro oficial a jugador, la que se
tendrá en cuenta a los efectos de la sanción establecida en el art.
208 de este Reglamento.
Resolución Nº 199 RACING A. Club
Amonestar
a los jugadores:
NAVARRO, Andrés – ARCE,
Dylan por el Art. 240 – Amonestación, el cual se transcribe: La
amonestación en todos los casos en que sea impuesta a un jugador o
cualquier otra persona, tiene carácter preventivo y no origina
reincidencia, salvo la impuesta por árbitro oficial a jugador, la que se
tendrá en cuenta a los efectos de la sanción establecida en el art.
208 de este Reglamento.
Resolución Nº 200 Club LEANDRO ALEM
Amonestar
a los jugadores:
ALVAREZ, Sebastián – CORTEZ,
Marcos – FERREYRA, Walter por el Art. 240 – Amonestación, el cual se
transcribe: La amonestación en todos los casos en que sea impuesta a un
jugador o cualquier otra persona, tiene carácter preventivo y no
origina reincidencia, salvo la impuesta por árbitro oficial a jugador,
la que se tendrá en cuenta a los efectos de la sanción establecida en
el art. 208 de este Reglamento.
Suspender al jugador:
NIETO, Maximiliano por un (1) partido aplicando el Art.
207, el cual se transcribe: Suspensión de uno a cuatro partidos, al
jugador que en un mismo encuentro el árbitro le imponga dos
amonestaciones con la consecuente expulsión.
Resolución Nº 201 Club A. PLATENSE
Amonestar
a los jugadores:
TELLECHEA, Lucas – DRIES,
Francisco por el Art. 240 – Amonestación, el cual se transcribe: La
amonestación en todos los casos en que sea impuesta a un jugador o
cualquier otra persona, tiene carácter preventivo y no origina
reincidencia, salvo la impuesta por árbitro oficial a jugador, la que se
tendrá en cuenta a los efectos de la sanción establecida en el art.
208 de este Reglamento.
Resolución Nº 202 Club ALUMNI
Amonestar
a los jugadores:
MARTINEZ, Pablo – MELIAN,
Hugo – LEONCABALLO, Matías – VELAZQUEZ, Leandro por el Art. 240 –
Amonestación, el cual se transcribe: La amonestación en todos los casos
en que sea impuesta a un jugador o cualquier otra persona, tiene
carácter preventivo y no origina reincidencia, salvo la impuesta por
árbitro oficial a jugador, la que se tendrá en cuenta a los efectos de
la sanción establecida en el art. 208 de este Reglamento.
Suspender
al jugador:
GIANINI, Ariel por un (1) partido
aplicando el Art. 207, el cual se transcribe: Suspensión de uno a cuatro
partidos, al jugador que en un mismo encuentro el árbitro le imponga
dos amonestaciones con la consecuente expulsión.
Resolución Nº 203 Club ALMACENEROS
Amonestar
a los jugadores:
GASMAN, Ramiro – GOMEZ,
Federico por el Art. 240 – Amonestación, el cual se transcribe: La
amonestación en todos los casos en que sea impuesta a un jugador o
cualquier otra persona, tiene carácter preventivo y no origina
reincidencia, salvo la impuesta por árbitro oficial a jugador, la que se
tendrá en cuenta a los efectos de la sanción establecida en el art.
208 de este Reglamento.
TP LLF
Tarjetas Amarillas Acumuladas C.A.J.N.
HATRICK, Agustín - 1
BRUSEGHINI, Tomas - 1
GUTIERREZ, Lucas - 1
CATALDO, Eric - 1
CORREA, Mario - 1
CME
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