HONORABLE TRIBUNAL DE PENAS
SESIÓN Nº 17 ACTA Nº 101 DEL 20/10/2015
Siendo
las 18.30 el Honorable Tribunal de Penas se reúne, abre la sesión; y
se da entrada a las notas presentadas por el Club Independiente y el
Club Racing de Lamadrid y teniendo las planillas de los partidos que se
disputaron en nuestra ciudad el día 17/10/2015 en Categorías Menores;
RESUELVE:
Menores e Infantiles
Resolución 1.
Club Juventud
Director Técnico de Séptima División, TERRAZA Joaquín DNI 33.065.871,
(protesta de fallos arbítrales en forma desmedida), se aplica art. 260 y
art. 186, más art. 220 sancionándolo con 2 (dos) partidos.
Resolución 2.
Club Racing
Jugador de Quinta División, Nº 2 BARRIONUEVO Pablo DNI 42.391.921,
(roja directa juego brusco grave), se aplica art. 204 y art. 220,
sancionándolo con 2 (dos) partido.- (disputado el 10/10/2015).-
Jugador de Quinta División, Nº 9 ARCE Dilan DNI 41.740.360, (roja
directa agresión mutua), se aplica art. 200 inc. A) 1 y 7 y art. 220,
sancionándolo con 3 (tres) partidos.- (disputado el 17/10/2015).-
Resolución 3.
Club Barracas
Jugador de Quinta División, Nº 3 RODRIGUEZ Gabriel DNI 41.740.332,
(roja directa agresión mutua), se aplica art. 200 inc. A) 1 y 7 y art.
220, sancionándolo con 3 (tres) partidos.-
Resolución 4.
Club Ingeniero Newbery
Jugador de Quinta División, Nº 7 FERNANDEZ Agustin DNI 42.291.911,
(roja directa agresión mutua), se aplica art. 200 inc. A) 11 y art. 220,
sancionándolo con 3 (tres) partidos.-
Resolución 5.
Asociación Alumni
Jugador de Sexta División, Nº 10 PEREZ Agustín DNI 42.430.442, (roja
directa agresión mutua), se aplica art. 200 inc. A) 11 y art. 220,
sancionándolo con 3 (tres) partidos.-
Resolución 6.
Club Independiente.
Jugador de Quinta División, Nº 4 ZOZZI Elías DNI 40.981.890, (doble
amonestación), se aplica art. 207 y art. 220, sancionándolo con 1 (un)
partidos.-
SESIÓN Nº 16 ACTA Nº 100 DEL 20/10/2015
Resolución Nº 1.
Teniendo presente el informe realizado por el
Presidente de la escuela de Fútbol Infantil Nelson Luis, sin las
recomendaciones que establece el Reglamento de Transgresiones y Penas en
su parte pertinente, este HTP Dictamina: partido de Quinta División a
disputarse entre el local Independiente y el Centro de Almaceneros el
10/10/2015, sin que el equipo local presente el equipo se le da por
perdido el partido (0-1 Art. 152) y perdida de tres (3) puntos de
conformidad con el art. 109 del Reglamento de Transgresiones y Penas.
Asimismo se establece la multa que el inc. e) del mismo Art. establece.-
Resolución 7.
Club Atlético Ventana.
SESIÓN Nº 15 ACTA Nº 99 DEL 6/10/2015 Resolución 1 y 2. Que de
conformidad con el informe presentado por la terna arbitral del
encuentro disputado ante Racing de La Madrid con fecha 19/09/2015, los
descargos de ambos clubes, este HTP Dictamina: partido de Séptima
División a disputarse entre el local Club Atlético Ventana y Racing de
La Madrid el 19/09/2015, y por falta de seguridad el arbitro debió
suspender el partido se le da por perdido por 0-1 y perdida de los
partidos a disputarse entre ambos en las divisiones Sexta y Quinta por
idéntico resultado 0-1 para la visita. Asimismo ante las faltas de
garantías del Club local hacia la terna arbitral se sanciona al Club de
acuerdo al Art. 83 inc. a y b del Reglamento de Transgresiones y Penas.-
Gustavo CABEZAS Director Técnico de Séptima, DNI
22.053.766 (suspensión de partido, protesta de fallos y amenazas hacia
la terna arbitral) se aplica art. 260 y Art. 185, 186 y Art. 189, más
art. 220 sancionándolo con 12 (doce) partidos.
Jorge
BRUNET, Ayudante de Campo de Séptima DNI 27.829.016 (suspensión de
partido, protesta de fallos y amenazas hacia la terna arbitral) se
aplica art. 260 y Art. 185, 186 y Art. 189, más art. 220 sancionándolo
con 12 (doce) partidos.
No siendo
para más, y siendo las 20.00 horas, se da por finalizado este acto,
firmando los componentes de este Tribunal de Penas.
TPP
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