19/3/16

TRIBUNAL DE PENAS DE LAPRIDA


LIGA LAPRIDENSE DE FÚTBOL
9 de Julio, esq. Carlos Pellegrini (7414) Laprida – Tel. (02285) 420329
 Afiliada a la A.F.A. y Federación Sur de Fútbol de la Provincia de Buenos Aires 

TRIBUNAL DE PENAS DE LAPRIDA
Boletín Nro. 1
Torneo Oficial – Divisiones Inferiores - 12/03/2016 - 1ª Fecha

Resolución Nº 1 - Club A. PLATENSE
Amonestar a los jugadores:
RODRIGUEZ, Luis – LUNA, Santiago por el Art. 240 – Amonestación, el cual se transcribe: La amonestación en todos los casos en que sea impuesta a un jugador o cualquier otra persona, tiene carácter preventivo y no origina reincidencia, salvo la impuesta por árbitro oficial a jugador, la que se tendrá en cuenta a los efectos de la sanción establecida en el art. 208 de este Reglamento. 
Resolución Nº 2 - RACING A. CLUB
Amonestar a los jugadores: FERNANDEZ, Tomás – PIÑEIRO, Damián – GARCÍA, Valentín por el Art. 240 – Amonestación, el cual se transcribe: La amonestación en todos los casos en que sea impuesta a un jugador o cualquier otra persona, tiene carácter preventivo y no origina reincidencia, salvo la impuesta por árbitro oficial a jugador, la que se tendrá en cuenta a los efectos de la sanción establecida en el art. 208 de este Reglamento. 

Resolución Nº 3 - Club A. BARRACAS
Amonestar a los jugadores:
GIANOTTI, Segundo – GOMEZ, Nicolás – CASTRO, Lucio – LEIVA, Juan por el Art. 240 – Amonestación, el cual se transcribe: La amonestación en todos los casos en que sea impuesta a un jugador o cualquier otra persona, tiene carácter preventivo y no origina reincidencia, salvo la impuesta por árbitro oficial a jugador, la que se tendrá en cuenta a los efectos de la sanción establecida en el art. 208 de este Reglamento. 

Resolución Nº 4 - Club A. LILAN
Amonestar a los jugadores:
HARISMENDI, Santiago – CORREA, Marcos – VENECIANO, Alexis – NUÑEZ, Thiago – HARISMENDI, Agustín – TORRES, Juan Ignacio por el Art 240 - Amonestación, el cual se transcribe: La amonestación en todos los casos en que sea impuesta a un jugador o cualquier otra persona, tiene carácter preventivo y no origina reincidencia, salvo la impuesta por árbitro oficial a jugador, la que se tendrá en cuenta a los efectos de la sanción establecida en el art. 208 de este Reglamento.
Suspender al jugador: CARRIZO, Mauricio por un (1) partido aplicando el Art. 207, el cual se transcribe: Suspensión de uno a cuatro partidos, al jugador que en un mismo encuentro el árbitro le imponga dos amonestaciones con la consecuente expulsión. 

Resolución Nº 5 - Club S. y D. JUVENTUD
Amonestar al jugador:
MINVIELLE, Alfonso por el Art. 240 – Amonestación, el cual se transcribe: La amonestación en todos los casos en que sea impuesta a un jugador o cualquier otra persona, tiene carácter preventivo y no origina reincidencia, salvo la impuesta por árbitro oficial a jugador, la que se tendrá en cuenta a los efectos de la sanción establecida en el art. 208 de este Reglamento.
Suspender al jugador:
KRAUSE, Kevin por un (1) partido aplicando el Art. 207, el cual se transcribe: Suspensión de uno a cuatro partidos, al jugador que en un mismo encuentro el árbitro le imponga dos amonestaciones con la consecuente expulsión. 

Torneo Oficial – Divisiones Superiores - 13/03/2016 - 1ª Fecha 

Resolución Nº 6 - Aplicación Art. 220
Este Honorable Tribunal de Penas, en uso de sus facultades informa a los clubes participantes en el Torneo de Divisiones Superiores 2016 que será de aplicación durante el presente el Art. 220 del Reglamento de Transgresiones y Penas del Consejo Federal del Fútbol. 

Resolución Nº 7 - Club A. LILAN
Amonestar a los jugadores:
LARSEN, Maicol – ALZUGARAY, Matías – BERTOLOTTO, Benjamín – RUIZ, Hernán por el Art. 240 – Amonestación, el cual se transcribe: La amonestación en todos los casos en que sea impuesta a un jugador o cualquier otra persona, tiene carácter preventivo y no origina reincidencia, salvo la impuesta por árbitro oficial a jugador, la que se tendrá en cuenta a los efectos de la sanción establecida en el art. 208 de este Reglamento. 

Resolución Nº 8 - Club A. BARRACAS
Amonestar a los jugadores:
BAIGORRIA, Enzo – MUÑOZ, Nicolás – SUAREZ, Jonathan – LORCA, Juan – SALAZAR, Gastón – COBATI, Jonathan por el Art. 240 – Amonestación, el cual se transcribe: La amonestación en todos los casos en que sea impuesta a un jugador o cualquier otra persona, tiene carácter preventivo y no origina reincidencia, salvo la impuesta por árbitro oficial a jugador, la que se tendrá en cuenta a los efectos de la sanción establecida en el art. 208 de este Reglamento.

Resolución Nº 9 - Club Ing. Jorge NEWBERY
Amonestar a los jugadores:
ROLDAN, Eduardo – STEIMBACH, Esteban – GOMEZ, Marcos – ARAYA, Ramiro – GEREZ, Ignacio – RODRIGUEZ, Lautaro por el Art. 240 – Amonestación, el cual se transcribe: La amonestación en todos los casos en que sea impuesta a un jugador o cualquier otra persona, tiene carácter preventivo y no origina reincidencia, salvo la impuesta por árbitro oficial a jugador, la que se tendrá en cuenta a los efectos de la sanción establecida en el art. 208 de este Reglamento. 

Resolución Nº 10 - Club A. PLATENSE
Amonestar a los jugadores:
NEGRETTE, Julio – RODRIGUEZ, Braian – VILELA, Juan CAPARROS, Juan Felipe – LUCERO, Javier - NUÑEZ, Dante – ROJAS, Fernando – BAIGORRIA, Paulo por el Art. 240 – Amonestación, el cual se transcribe: La amonestación en todos los casos en que sea impuesta a un jugador o cualquier otra persona, tiene carácter preventivo y no origina reincidencia, salvo la impuesta por árbitro oficial a jugador, la que se tendrá en cuenta a los efectos de la sanción establecida en el art. 208 de este Reglamento.
Suspender al jugador: JUAREZ, Juan José por dos (2) partidos aplicando los Art. 200 Inc. a) 8. y Art. 220, el cual se transcribe: Suspensión de tres a quince partidos al jugador: a) Que agreda a otro jugador aplicándole golpe por cualquier medio y si está aplicado desde atrás el mínimo para este hecho será de cuatro partidos: 8. Plancha: que llegue a destino, aplicada estando o no en disputa la pelota entre ambos jugadores. 

Resolución Nº 11 - RACING A. Club
Amonestar a los jugadores:
ARMESTO, Tomás – MANGONE, Walter – RIOS, Sergio – FUCHS, Gabriel – FARIAS, Guido – POPP, Ayrton – ARMESTO, Julián por el Art. 240 – Amonestación, el cual se transcribe: La amonestación en todos los casos en que sea impuesta a un jugador o cualquier otra persona, tiene carácter preventivo y no origina reincidencia, salvo la impuesta por árbitro oficial a jugador, la que se tendrá en cuenta a los efectos de la sanción establecida en el art. 208 de este Reglamento.
Suspender al jugador: FARIAS, Guido por uno (1) partido aplicando los Art. 205 Inc d) y Art. 220, el cual se transcribe: Suspensión de dos a veinte partidos, al jugador que incurra en actos de indisciplina contra el público como: d) Efectúe gestos o ademanes obscenos o exteriorizaciones incorrectas a la tribuna. 

Resolución Nº 12 - Club S. y D. JUVENTUD
Amonestar a los jugadores:
PEREZ, Ezequiel – NUÑEZ, Maximiliano – ARROUY, Luis – BARRAZA, Francisco – MEHLHOSE, Enzo por el Art. 240 – Amonestación, el cual se transcribe: La amonestación en todos los casos en que sea impuesta a un jugador o cualquier otra persona, tiene carácter preventivo y no origina reincidencia, salvo la impuesta por árbitro oficial a jugador, la que se tendrá en cuenta a los efectos de la sanción establecida en el art. 208 de este Reglamento. 

Resolución Nº 13 - Club A. J. NEWBERY
Amonestar a los jugadores:
AVILA, Sebastián – MENDIA, Cristian – SOLDAVINI, Sebastián – JUSTO, Gianfranco – REGALADO, Ricardo – ORTIZ, Nicolás – CONDE, Lautaro por el Art. 240 – Amonestación, el cual se transcribe: La amonestación en todos los casos en que sea impuesta a un jugador o cualquier otra persona, tiene carácter preventivo y no origina reincidencia, salvo la impuesta por árbitro oficial a jugador, la que se tendrá en cuenta a los efectos de la sanción establecida en el art. 208 de este Reglamento.
Suspender al jugador: DIAZ, Pablo por un (1) partido aplicando el Art. 207, el cual se transcribe: Suspensión de uno a cuatro partidos, al jugador que en un mismo encuentro el árbitro le imponga dos amonestaciones con la consecuente expulsión. 

Resolución Nº 14 - RACING Football Club
Amonestar a los jugadores:
PERALTA, Gastón E. – TAMAKI, Pedro – ARCE, Jorge – PIANO, Nazareno – AYALA, Javier – BREIT, Federico – SOMOZA, Jacobo por el Art. 240 – Amonestación, el cual se transcribe: La amonestación en todos los casos en que sea impuesta a un jugador o cualquier otra persona, tiene carácter preventivo y no origina reincidencia, salvo la impuesta por árbitro oficial a jugador, la que se tendrá en cuenta a los efectos de la sanción establecida en el art. 208 de este Reglamento

Resolución Nº 15 - TODOS LOS CLUBES
Recordatorio:
Se recuerda a la totalidad de los clubes afiliados ajustarse a las determinaciones adoptadas por la Mesa Directiva y el Comité Ejecutivo de la Liga Lapridense y las reglamentaciones vigentes en relación a las personas habilitadas para estar dentro del campo de juego y en los bancos de suplentes durante la disputa de los encuentros de divisiones inferiores y superiores. 
LLF - TP
Envia las fotos que tengas con el Albinegro a cme713@hotmail.com y pronto serán publicadas
 

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