LIGA LAPRIDENSE DE FÚTBOL
9 de Julio, esq. Carlos
Pellegrini (7414) Laprida – Tel. (02285) 420329
Afiliada a la A.F.A. y
Federación Sur de Fútbol de la Provincia de Buenos Aires
TRIBUNAL DE PENAS DE LAPRIDA
Boletín Nro. 1
Torneo Oficial – Divisiones Inferiores - 12/03/2016 - 1ª Fecha
Resolución Nº 1 - Club A. PLATENSE
Amonestar
a los jugadores:
RODRIGUEZ, Luis – LUNA,
Santiago por el Art. 240 – Amonestación, el cual se transcribe: La
amonestación en todos los casos en que sea impuesta a un jugador o
cualquier otra persona, tiene carácter preventivo y no origina
reincidencia, salvo la impuesta por árbitro oficial a jugador, la que se
tendrá en cuenta a los efectos de la sanción establecida en el art.
208 de este Reglamento.
Resolución Nº 2 - RACING A. CLUB
Amonestar
a los jugadores:
FERNANDEZ, Tomás – PIÑEIRO,
Damián – GARCÍA, Valentín por el Art. 240 – Amonestación, el cual se
transcribe: La amonestación en todos los casos en que sea impuesta a un
jugador o cualquier otra persona, tiene carácter preventivo y no
origina reincidencia, salvo la impuesta por árbitro oficial a jugador,
la que se tendrá en cuenta a los efectos de la sanción establecida en
el art. 208 de este Reglamento.
Resolución Nº 3 - Club A. BARRACAS
Amonestar
a los jugadores:
GIANOTTI, Segundo – GOMEZ,
Nicolás – CASTRO, Lucio – LEIVA, Juan por el Art. 240 – Amonestación,
el cual se transcribe: La amonestación en todos los casos en que sea
impuesta a un jugador o cualquier otra persona, tiene carácter
preventivo y no origina reincidencia, salvo la impuesta por árbitro
oficial a jugador, la que se tendrá en cuenta a los efectos de la
sanción establecida en el art. 208 de este Reglamento.
Resolución Nº 4 - Club A. LILAN
Amonestar
a los jugadores:
HARISMENDI, Santiago – CORREA,
Marcos – VENECIANO, Alexis – NUÑEZ, Thiago – HARISMENDI, Agustín –
TORRES, Juan Ignacio por el Art 240 - Amonestación, el cual se
transcribe: La amonestación en todos los casos en que sea impuesta a un
jugador o cualquier otra persona, tiene carácter preventivo y no origina
reincidencia, salvo la impuesta por árbitro oficial a jugador, la que
se tendrá en cuenta a los efectos de la sanción establecida en el art.
208 de este Reglamento.
Suspender al jugador:
CARRIZO, Mauricio por un (1) partido aplicando el Art. 207, el cual se
transcribe: Suspensión de uno a cuatro partidos, al jugador que en un
mismo encuentro el árbitro le imponga dos amonestaciones con la
consecuente expulsión.
Resolución Nº 5 - Club S. y D. JUVENTUD
Amonestar
al jugador:
MINVIELLE, Alfonso por el Art. 240 –
Amonestación, el cual se transcribe: La amonestación en todos los casos
en que sea impuesta a un jugador o cualquier otra persona, tiene
carácter preventivo y no origina reincidencia, salvo la impuesta por
árbitro oficial a jugador, la que se tendrá en cuenta a los efectos de
la sanción establecida en el art. 208 de este Reglamento.
Suspender
al jugador:
KRAUSE, Kevin por un (1) partido
aplicando el Art. 207, el cual se transcribe: Suspensión de uno a cuatro
partidos, al jugador que en un mismo encuentro el árbitro le imponga
dos amonestaciones con la consecuente expulsión.
Torneo Oficial – Divisiones Superiores - 13/03/2016 - 1ª Fecha
Resolución Nº 6 - Aplicación Art. 220
Este
Honorable Tribunal de Penas, en uso de sus facultades informa a los
clubes participantes en el Torneo de Divisiones Superiores 2016 que será
de aplicación durante el presente el Art. 220 del Reglamento de
Transgresiones y Penas del Consejo Federal del Fútbol.
Resolución Nº 7 - Club A. LILAN
Amonestar
a los jugadores:
LARSEN, Maicol – ALZUGARAY,
Matías – BERTOLOTTO, Benjamín – RUIZ, Hernán por el Art. 240 –
Amonestación, el cual se transcribe: La amonestación en todos los casos
en que sea impuesta a un jugador o cualquier otra persona, tiene
carácter preventivo y no origina reincidencia, salvo la impuesta por
árbitro oficial a jugador, la que se tendrá en cuenta a los efectos de
la sanción establecida en el art. 208 de este Reglamento.
Resolución Nº 8 - Club A. BARRACAS
Amonestar
a los jugadores:
BAIGORRIA, Enzo – MUÑOZ,
Nicolás – SUAREZ, Jonathan – LORCA, Juan – SALAZAR, Gastón – COBATI,
Jonathan por el Art. 240 – Amonestación, el cual se transcribe: La
amonestación en todos los casos en que sea impuesta a un jugador o
cualquier otra persona, tiene carácter preventivo y no origina
reincidencia, salvo la impuesta por árbitro oficial a jugador, la que se
tendrá en cuenta a los efectos de la sanción establecida en el art.
208 de este Reglamento.
Resolución Nº 9 - Club Ing. Jorge NEWBERY
Amonestar
a los jugadores:
ROLDAN, Eduardo –
STEIMBACH, Esteban – GOMEZ, Marcos – ARAYA, Ramiro – GEREZ, Ignacio –
RODRIGUEZ, Lautaro por el Art. 240 – Amonestación, el cual se
transcribe: La amonestación en todos los casos en que sea impuesta a un
jugador o cualquier otra persona, tiene carácter preventivo y no
origina reincidencia, salvo la impuesta por árbitro oficial a jugador,
la que se tendrá en cuenta a los efectos de la sanción establecida en
el art. 208 de este Reglamento.
Resolución Nº 10 - Club A. PLATENSE
Amonestar
a los jugadores:
NEGRETTE, Julio –
RODRIGUEZ, Braian – VILELA, Juan CAPARROS, Juan Felipe – LUCERO, Javier -
NUÑEZ, Dante – ROJAS, Fernando – BAIGORRIA, Paulo por el Art. 240 –
Amonestación, el cual se transcribe: La amonestación en todos los casos
en que sea impuesta a un jugador o cualquier otra persona, tiene
carácter preventivo y no origina reincidencia, salvo la impuesta por
árbitro oficial a jugador, la que se tendrá en cuenta a los efectos de
la sanción establecida en el art. 208 de este Reglamento.
Suspender
al jugador:
JUAREZ, Juan José por dos (2) partidos
aplicando los Art. 200 Inc. a) 8. y Art. 220, el cual se transcribe:
Suspensión de tres a quince partidos al jugador: a) Que agreda a otro
jugador aplicándole golpe por cualquier medio y si está aplicado desde
atrás el mínimo para este hecho será de cuatro partidos: 8. Plancha: que
llegue a destino, aplicada estando o no en disputa la pelota entre
ambos jugadores.
Resolución Nº 11 - RACING A. Club
Amonestar
a los jugadores:
ARMESTO, Tomás – MANGONE,
Walter – RIOS, Sergio – FUCHS, Gabriel – FARIAS, Guido – POPP, Ayrton –
ARMESTO, Julián por el Art. 240 – Amonestación, el cual se transcribe:
La amonestación en todos los casos en que sea impuesta a un jugador o
cualquier otra persona, tiene carácter preventivo y no origina
reincidencia, salvo la impuesta por árbitro oficial a jugador, la que se
tendrá en cuenta a los efectos de la sanción establecida en el art.
208 de este Reglamento.
Suspender al jugador:
FARIAS, Guido por uno (1) partido aplicando los Art. 205 Inc d) y Art.
220, el cual se transcribe: Suspensión de dos a veinte partidos, al
jugador que incurra en actos de indisciplina contra el público como: d)
Efectúe gestos o ademanes obscenos o exteriorizaciones incorrectas a la
tribuna.
Resolución Nº 12 - Club S. y D. JUVENTUD
Amonestar
a los jugadores:
PEREZ, Ezequiel – NUÑEZ,
Maximiliano – ARROUY, Luis – BARRAZA, Francisco – MEHLHOSE, Enzo por el
Art. 240 – Amonestación, el cual se transcribe: La amonestación en todos
los casos en que sea impuesta a un jugador o cualquier otra persona,
tiene carácter preventivo y no origina reincidencia, salvo la impuesta
por árbitro oficial a jugador, la que se tendrá en cuenta a los efectos
de la sanción establecida en el art. 208 de este Reglamento.
Resolución Nº 13 - Club A. J. NEWBERY
Amonestar
a los jugadores:
AVILA, Sebastián – MENDIA,
Cristian – SOLDAVINI, Sebastián – JUSTO, Gianfranco – REGALADO, Ricardo
– ORTIZ, Nicolás – CONDE, Lautaro por el Art. 240 – Amonestación, el
cual se transcribe: La amonestación en todos los casos en que sea
impuesta a un jugador o cualquier otra persona, tiene carácter
preventivo y no origina reincidencia, salvo la impuesta por árbitro
oficial a jugador, la que se tendrá en cuenta a los efectos de la
sanción establecida en el art. 208 de este Reglamento.
Suspender
al jugador:
DIAZ, Pablo por un (1) partido
aplicando el Art. 207, el cual se transcribe: Suspensión de uno a cuatro
partidos, al jugador que en un mismo encuentro el árbitro le imponga
dos amonestaciones con la consecuente expulsión.
Resolución Nº 14 - RACING Football Club
Amonestar
a los jugadores:
PERALTA, Gastón E. –
TAMAKI, Pedro – ARCE, Jorge – PIANO, Nazareno – AYALA, Javier – BREIT,
Federico – SOMOZA, Jacobo por el Art. 240 – Amonestación, el cual se
transcribe: La amonestación en todos los casos en que sea impuesta a un
jugador o cualquier otra persona, tiene carácter preventivo y no
origina reincidencia, salvo la impuesta por árbitro oficial a jugador,
la que se tendrá en cuenta a los efectos de la sanción establecida en
el art. 208 de este Reglamento
Resolución Nº 15 - TODOS LOS CLUBES
Recordatorio:
Se
recuerda a la totalidad de los clubes afiliados ajustarse a las
determinaciones adoptadas por la Mesa Directiva y el Comité Ejecutivo de
la Liga Lapridense y las reglamentaciones vigentes en relación a las
personas habilitadas para estar dentro del campo de juego y en los
bancos de suplentes durante la disputa de los encuentros de divisiones
inferiores y superiores.
LLF - TP
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